¿Fue un simple lapsus de lenguaje el que hizo decir al juez
Velásquez en el acápite quinto de los Fundamentos de la Decisión, de su
Resolución Nº 22, del 27 de marzo del 2013, que la carta citación cursada por
la comisión emplazada (la Megacomisión) iba dirigida “a nuestro patrocinado”,
refiriéndose al demandante Alan García Pérez?
¿Fue acaso una trascripción textual de partes de la demanda de
los abogados de García o de algún proyecto que no corrigió suficientemente por
el apuro de sacar una nulidad de todo lo actuado antes que el Congreso siguiera
sus propios procedimientos y pusiera en agenda del pleno los 9 informes de la
Megacomisión?
¿No era que el “error” de los comisionados fue que se les
pasó especificar textualmente si García acudiría como investigado o testigo,
cuando todos sabían que lo hacía porque había sobre él una investigación sobre
faltas a la Constitución y posibles delitos que lo involucran, y que no podía
ser testigo de sí mismo?
Pero si un detalle semántico de este tipo puede invalidar
dos años de trabajo y documentos de investigación que el juez no ha leído y que
contienen pruebas que superan largamente las que se generarían de una supuesta
mala doble citación del expresidente García, ¿por qué no se podría decir que un
error en la identificación de la calidad de la participación de una de las
partes podría tener el mismo efecto sobre una resolución que toca asuntos
vitales para la moral pública?
En otras palabras si no llamar “investigado” a García lo
salva de la investigación, con igual razón podría argumentarse que llamarlo
“patrocinado” en un documento oficial que pretende tener implacables
consecuencias anulatorias, no lo va a poner en cuestión. O es que los jueces
están por encima de los requerimientos de pulcritud y exactitud que exigen a
sus procesados, aunque en este caso sólo se lo reclame a los demandados.
Si Velásquez es tan escrupuloso con las comunicaciones que
se emiten por un órgano del Estado tan válido como su despacho judicial, ¿cómo
es que se permite que se le filtre tamaño dislate dentro de una resolución que
como dice el doctor Guillermo Olivera, es aunque lo niegue una segunda
sentencia del mismo juez sobre un mismo caso, lo que de por sí debería
invalidarla como prevaricadora.
Patrocinar, según la Real Academia de la Lengua Española significa
proteger, amparar, favorecer. Habría que preguntarse entonces si el juez
Velásquez estaba pensando en algo como esto cuando se le escapó la palabra
delatora. Después de todo lo que se ha hecho desde el 3 de abril del 2013,
cuando García percibió que lo que había declarado lo perjudicaba, ha consistido
de parte de sus abogados y del juez en protegerlo y ampararlo respecto a sus
propia palabras. Y todo eso para favorecerlo frente al riesgo de tener que
responder por graves delitos.
07.04.14
2 comentarios:
¿Cuándo psicoanalizas la sentencia que libro a JDC con el mismo ojo duro, Raúl Wiener?
Por qué no ta callas Ambrosio ...
Publicar un comentario