El Dr. Francisco Távara, vocal de la Corte Suprema ha realizado una rectificación a un informe de investigación con una extensión muy superior al texto que se contesta, y en el que su persona es aludida apenas en cinco líneas. Sin embargo LA PRIMERA ha decidido publicarla en todo su largo, dejando abierto por supuesto el derecho del periodista y el denunciante para expresar su punto de vista en este asunto.
En uso de esta atribución hago el siguiente comentario, pidiendo disculpas a mis lectores por salirme de los temas usuales de esta columna: (a) Si justicia que tarda no es justicia, el caso del capitán Mimbela, 11 años litigando por la propiedad de una red de pesca que encontró en alta mar, es una típica injusticia; (b) Como se trata de un tema patrimonial y una de las partes (la empresa Hayduck)ha retenido un bien económico durante todo el proceso sacándole provecho, es claro que los jueces que impiden ejecutar lo que ya se sentenció (la devolución al verdadero propietario) favorecen al que la misma justicia le negó el derecho.
(c) El periodista que no es abogado no pretende dar lecciones jurídicas a un ex presidente de la Suprema, pero si lo puede hacer la Dra. Elcira Vásquez presidenta de la sala que ve el caso y ex presidenta de la OCMA, cuyo voto y el de otros dos magistrados se basa en el principio de que una vez terminada la cuestión de fondo (la propiedad, lo que se sentenció en el 2007, en la Corte Suprema), y resueltas las cautelares (es decir la posesión de la red que Hayduck obtuvo en el juzgado del Callao, mientras durara el proceso), que por supuesto caducan casi automáticamente, ya no cabe nueva intervención de la Suprema, porque de otra forma se haría interminable el proceso.
(d) En resumen dice la Dra. Vásquez que cuando está acabado el proceso principal las cautelares concluyen en una discusión sobre indemnizaciones, que sólo llega hasta la segunda instancia. Por lo que cualquier intento de seguir más allá, reclamando una resolución adicional de la Suprema para volver a la primera instancia, debe rechazarse de plano, como figura en su voto. (e) Pero el Dr. Távara, ponente de la posición opuesta, afirma que existen otros artículos de los Códigos que le permiten discutir y aprobar el pedido de Hayduck, lo que ha sido señalado por el abogado de la otra parte como un voto prevaricador.
(f) Asimismo el Dr. Távara desarrolla su posición indicando que los jueces han beneficiado “a un sujeto que jamás ha realizado la actividad económica que argumenta –extracción de recurso de anchoveta y procesamiento de harina de pescado- como negocio y ganancia dejada de percibir…” Con lo que niegan peyorativamente la calidad de capitán de barco de pesca del litigante y pasan por alto que el bien que se discute produce ingresos que en estos años han sido para Hayduck.
(g) Este diario y este periodista no tienen otro compromiso que con su misión periodística, que incluye ocuparse de asuntos en los que se comprueba cómo la autoridad claudica ante el poder económico, en contra de los ciudadanos comunes y corrientes. Estamos seguros que este país será diferente cuando nos sintamos protegidos por una Justicia imparcial, pero no ciega, y una prensa vigilante de los abusos y la corrupción.
16.01.11
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