lunes, julio 05, 2010

Respuesta a la segunda rectificación de Larrieu

Sobre tener poder y abusar de él, no voy a discutir con el Dr. Larrieu. ¿Qué punto de comparación puede haber entre una modesta columna que se publica dos veces por semana y que muy ocasionalmente toca temas que me involucran directamente, y haber tenido en las manos un banco, una caja de retiro, fiscales, jueces, policías y notarios, así como los caminos abiertos a los más altos niveles de decisión del gobierno de los 90?

Por tanto no nos disfracemos de víctimas de las desproporciones, tan sólo porque este periodista ha logrado ponerse cerca de desenmascarar uno de los casos concretos en los que es posible probar el inmenso poder del soborno y la influencia política, para torcer el curso de la justicia. Por cierto, no voy a contestar a Larrieu las partes de su segunda rectificación que se refieren a los hechos del señor Huarancca, que seguramente se defenderá sólo. Para mí este no es un problema entre dos o tres personas, o entre una empresa y un banco, sino un gravísimo asunto de corrupción pública que amenaza a todos los ciudadanos del Perú, por la posibilidad de encontrarse con fiscales como Mercado, jueces como Ticona y administradores de bancos como Pope y Larrieu que compran sobreseimientos para cubrir otros delitos.

Pero, precisamente para evitar hacerme yo mismo parte de un problema en el cual soy sólo un agente de denuncia, voy a dar la palabra aquí, a la fiscal superior Rosario López Wong en su dictamen final de acusación contra Larrieu y otros de fecha 24 de agosto de 2009:

1. Mediante dictamen de fecha 14 de agosto del 2007, integrado con fecha 28 de enero de 2008, esta Fiscalía Superior Penal formuló acusación contra los procesados Sidney Guillermo Pope Bravo y Jaime Hernán Espinoza Huamán y Germán José Antonio Larrieu Bellido por haber pagado indebidamente la suma de cincuenta mil dólares americanos al entonces fiscal José Manuel Mercado López, a efectos que dicho magistrado opine favorablemente a sus intereses en las excepciones de naturaleza de acción promovidas en el proceso sobre Usurpación Agravada en agravio de Hierro Mar S.A.... incidentes que llegaron a conocimiento del referido magistrado para su pronunciamiento previo, antes de la emisión correspondiente, atribuyéndose al procesado Germán Larrieu Bellido abogado defensor de los inculpados Pope Bravo y Espinoza Huamán... haber sido el intermediario en las negociaciones entre sus patrocinados y el magistrado cuestionado.
En tal sentido se formuló acusación contra los citados procesados como autores del delito de Corrupción de Funcionarios en su modalidad de cohecho activo específico en agravio del Estado, delito tipificado en el artículo 398 del Código Penal, y contra el procesado Germán José Antonio Larrieu Bellido como autor del delito de corrupción de Funcionarios en la modalidad de cohecho activo específico – en agravio del Estado, previsto en el último párrafo del artículo 398 del Código Penal modificado por la Ley 28355 (páginas 1-2, del dictamen, negritas nuestras).

2. Es preciso anotar previamente que en el delito de cohecho activo al efectuarse donativos, promesas o ventajas, la finalidad buscada del sujeto activo es poder encausar la decisión o resolución de un proceso judicial o administrativo.
Entonces el efecto motivador de los medios corruptores no está dirigido a influir o condicionar decisiones menores o asuntos secundarios, sino que el comportamiento ilícito del agente apunta a la decisión final de la instancia estableciéndose así una vinculación causal imputable con el medio corruptor. (pag. 3, cursivas de la Fiscal)

3. Ahora bien, debemos tener en cuenta que el contenido de lo consignado en la tarjeta de presentación que figura a fs. 9272[1] (Tomo A-1) presentada por el acusado Espinoza Huamán, cuyo manuscrito y firma corresponden al puño gráfico de Pope Bravo, evidencian que la suma de dinero consignada por el acusado aludido se encontraba destinada a obtener la confirmación del sobreseimiento en el proceso principal sobre Usurpación agravada en agravio de Hierro Mar S.A. …(pág. 6, negritas nuestras)

4. Se advierte entonces que actividad ilícita y concertada de los procesados no sólo se limitó al pago realizado al entonces fiscal superior Mercado López para obtener opinión a su favor en los cuatro incidentes de excepción de naturaleza de acción, sino que estos pagos se continuaron afectando con la finalidad de lograr una resolución favorable a su parte en el proceso principal, evidenciándose que con fecha 6 de julio de 1999 el aludido fiscal a cargo de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Santa, opinó que se confirme la resolución que de declaró sobreseída la instrucción. (pag. 6)

5. .. en las cuestiones de hecho planteadas, discutidas y votadas por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema… emitidas en el proceso penal promovido contra José Manuel Mercado López… (se) señaló: “Esta probado que el acusado Mercado López pese a que fue denunciado por Hierro Mar S.A: -lo que ocurrió después de que dictaminó en su contra en los cuatro incidentes – siguió interviniendo en dicha causa y siempre opinando contra dicha empresa … la conducta del imputado motivó que con fecha 22 de abril de 1997 el representante de Hierro Mar solicite al fiscal Mercado López se excuse de conocer el expediente principal, lo que no fue aceptado por éste …” (pag. 7, cursivas de la Fiscal)

6. … en las resoluciones de la Fiscalía de la Nación del 2001 … se señala que: “existía un marcado interés del Fiscal mercado López en el resultado del proceso” (pag. 7)

7. …en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 080-2008-MP-FN… “se resolvió declarar Fundada la denuncia contra José Manuel Mercado López (…), Jorge Paredes Rebaza, Fiscal Adjunto Superior de la Fiscalía Superior Mixta de Chimbote y Jorge Vásquez Paulo, ex Fiscal provincial del Santa, en el presunto delito de corrupción magistrado previsto en el artículo 395 del Código Penal en su modalidad de aceptar o recibir donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio… “, señalándose entre los fundamentos…:
“… se atribuye a los denunciados en su condición de vocales, jueces y fiscales del distrito judicial del Santa haber recibido sumas de dinero de los funcionarios del Banco República a fin de decidir de manera favorable a sus intereses en el proceso penal por el delito de Usurpación Agravada” [2] (pag 7 y 8, negritas nuestras)

8. Se ha establecido así una vinculación causal imputable a los procesados entre los medios corruptores (referidos a las diversas sumas de dinero entregadas por los procesados al Fiscal Superior José Manuel Mercado López en el transcurso del año 1997, que se acredita con los documentos señalados en nuestra acusación), proceder doloso que continuó materializándose hasta obtener opinión favorable a su parte en el proceso principal de usurpación agravada… (pag. 8, cursivas de la Fiscal, negrita nuestra)

9. Establecida la existencia del delito y la responsabilidad penal de los acusados, este Ministerio… formula acusación complementaria contra: Sydney Guillermo Pope Bravo y Jaime Hernán Espinoza Huamán … y Germán José Antonio Larrieu Bellido como autor del delito contra la administración pública – Corrupción de Funcionarios en la modalidad de cohecho activo específico… en agravio del Estado, solicitando se le imponga 6 años de pena privativa de la libertad, inhabilitación por el mismo término…, el pago de 200 días multa, y se le condene al pago de S/. 4,000.00 por concepto de reparación civil que deberá abonar el procesado a favor del Estado. (pags. 9 y 10, negritas nuestras))

10. Se consideran medios probatorios:

- La tarjeta de presentación a nombre del acusado Pope Bravo…
- La pericia grafotécnica realizada por peritos de la Dirección de Criminalística de la PNP.
- La diligencia de ratificación pericial efectuada por los peritos José Carrera y Jorge Victorio
- La declaración del acusado Jaime Espinoza Huamán
- Las resoluciones y dictámenes emitidos en el proceso principal sobre Usurpación Agravada
- La sentencia emitida con fecha 4 de julio de 2004 por la Sala Penal de la Corte Suprema
- Las cuestiones de hecho planteadas, discutidas y votadas por la Sala Penal de la Suprema…

En conclusión, del dictamen de la Fiscal se derivan algunas respuestas claves para lo que dice el Dr. Larrieu:

1. El proceso sobre el soborno de magistrados es independiente de lo que haya hecho o no hecho el señor Huarancca en la administración de la empresa Vista Florida, durante el juicio (si denunció antes o después el intento de soborno) o respecto a la denuncia que Larrieu llevó en su contra acusándolo de también ser corrupto y si habrá prescripción en este caso. Yo no sé de que “relevo de prueba” habla el caballero cuando digo que los intereses del empresario afectado que disputa con ellos y los míos, son distintos.

2. El proceso actual es por agravio al Estado, al afectar la garantía de la independencia judicial, al haberse probado que se corrompió a fiscales y jueces a lo largo de todo un proceso hasta alcanzar una sentencia a su favor de los sobornadores. El suplemento que edité basado en este caso se refiere a la necesidad de erradicar la coima de la administración de justicia.

3. Las pruebas en este caso no se limitan al dicho del señor Espinoza, como asegura Larrieu, sino que son documentales, y así lo indica la Fiscal Superior López Wong, y lo afirmaron anteriormente la sala de la Corte Suprema encabezada por el Dr. San Martín y la Resolución de la Fiscal de la Nación Gladys Echaíz en el 2008. Por tanto se trata de un caso serio y no de una patraña contra honestos ciudadanos, que fueron tan cercanos al ex asesor Vladimiro Montesinos y al hermano del ex presidente Fujimori.

4. La línea de conducta del abogado Larrieu en otros casos que son de mi conocimiento refuerza la certeza de su comportamiento doloso. Un dato elocuente es que uno de los miembros de su estudio fue procesado por entregar dinero a otro abogado para sobornar a un secretario de juzgado en el caso Venero (defendido de Larrieu), lo que converge con lo ocurrido en el caso Banco República. Por eso no sé de qué cosa tendríamos que haber conversado y cuánto podría haberme enseñado si yo lo buscaba. Así que por ahí no es el problema, como lo prueba que sin vernos la cara podamos haber sostenido un intercambio como el que se muestra en estas líneas y en la carta que reproduzco.

05.07.10
http://www.rwienerblogspot.com/

Notas

[1] Es la que dice: “Sidney Pope Bravo, Economista, teléfono 9662127, y en manuscrito: vale por US 2,100 (dólares americanos) para ser entregado de inmediato contra la resolución que confirme sobreseimiento” y lleva la firma de Pope Bravo.
[2] Resolución suscrita por la Dra. Gladys Echaiz en condición de Fiscal de la Nación encargada, que revisó el caso de soborno a magistrados de la Corte del Santa.


Segunda rectificación de Larrieu:

Lima, 30 de junio de 2010

Señor
César Lévano
Director del Diario La Primera
Av. Paseo de La República 5639
Presente

ATT Raúl Wiener

Señor Director

Me refiero a la columna escrita por su periodista Raúl Wiener, cuyo titular de columna es “La Rectificación de Larrieu”, aparecida el día de hoy 30 de junio de 2010.En su columna el Wiener hace referencia a mi carta rectificatoria, aparecida en su diario el domindo 27 de junio, debe quedar claro la desproporción entre el señor Wiener que tiene una columna y yo, usa un poder en su propio beneficio, que de haber sido funcionario público, seria abuso de autoridad, llamémoslo abuso de poder.1.- Es cierto que el mencionado periodista escribe falsedades en mi contra desde hace mucho tiempo y las cuales le refuto ya que el señor Raúl Wiener , nunca, se ha tomado la molestia de buscar conversar o entrevistarme para contrarrestar la información vertida por Huarannca Medina y otros, tomando solo los dichos de estas personas.

2.- Referente al punto 2 que señala el periodista, de repartir dinero entre jueces y fiscales, vuelvo a manifestar que es totalmente falso, ya que no existe prueba alguna de estos hechos y en el caso del juicio que enfrento hoy, vuelvo a manifestar que solo existe el dicho del señor Jaime Espinoza Huaman, que durante todo el proceso ha entrado en miles de contradicciones, y sobre este tema constan las declaraciones que este diera a la Comisión de Investigación del Congreso en el año 2002, en la cual en ningún momento habla o menciona actos de corrupción cometidos por mi persona o por otros funcionarios del desaparecido Banco Republica y el cual se encuentra en el expediente del juicio de la Primera Sala Para Reos Libres. Así mismo debo aclarar que el juicio de Usurpación al que hace referencia llego hasta la máxima instancia, dándole en todos los extremos la razón al Banco Republica.

3.- Exactamente, se falta a la verdad nuevamente cuando usted habla de” Coimas y que las inscribieron como créditos”, por favor señor Wiener su imaginación es tan increíble, que ya pierde realidad convirtiéndose en una muy buena novela.

4.- Señor Wiener, para su información, el que era coadministrador junto con el Banco en esa época de Pesquera Vista Florida y no dueño como lo ha mencionado en otras entrevistas, era el señor Huarancca Medina, bajo su empresa Hierro Mar, y nunca fue despojado de nada, por el contrario fue avisado con cartas notariales de todos los incumplimientos que realizo durante su gestión como: “ fraguar o prestar facturas a otras empresas para hacerlas ingresar como aporte de Hierro Mar”, lo cual nunca existió y cometió delito, por tales razones y muchas mas se le pidió retirarse de la administración de Pesquera Vista Florida y fue denunciado por estos hechos.

5.- En el tema de los recibos provisionales, el cual usted los da por hecho que eran coimas, vuelvo a decirle que es falso, ya que tales recibos eran pago de mi servicios profesionales como abogado, que brindaba al Banco, como ya lo he dicho y demostrado en el presente Juicio.

6 Usted dice que no muestro ninguna prueba estas no sólo están en el juicio sino que se las hubiera mostrado pero usted nunca me ha buscado para ello y ha tomado sólo las versiones de terceros que usted considera verdaderas a su solo criterio.

7 Usted se pregunta “Quién corrompió al fiscal Mercado López”, pues esa pregunta se la puede hacer a su amigo Víctor Huarancca Medina, ya que sobre él pesa una denuncia por corrupción en el caso del mencionado fiscal y si menciona prescripciones, pregúntele también a él, qué pasó con su juicio, acaso no sabe usted que él pretende prescribir, me refiero a la denuncia contra Huarancca Medina por corrupción.

8. Cuando menciono que estamos seguros que se le tendió una celada al fiscal, es por todas las pruebas que existieron durante el juicio del mismo y que las entregó Huarancca Medina, como fotos en la casa de Huarancca y llamadas realizadas del celular de Huarancca hacia el fiscal y no viceversa como lo ha querido tapar Huarancca Medina, el cual realiza su denuncia después del dictamen del Fiscal, no desde que supuestamente tenía las pruebas de corrupción, como lo hubiera hecho cualquier otro ciudadano que lucha en contra de la corrupción, “que raro no”.

Y por último en ningún momento en mi Carta Notarial hago referencia a que usted esté “favoreciendo al supuesto empresario despojado” (Huarancca Medina), por el contrario lo dice usted, en su columna del día 230 de junio, a confesión de parte, relevo de prueba.

Solicito la inmediata rectificación de las versiones falsas escritas en su columna.


Germán Larrieu Bellido
DNI 07775027

11 comentarios:

Anónimo dijo...

SEÑOR WIENER:

Porque Usted no menciona en ningún momento, cuando o donde me buscó, para darme la oportunidad de defenderme y probar lo contrario a lo que usted dice de mí en sus "investigaciones periodísticas" en especial del suplemento Línea del Diario La Primera, que usted. Dirige. En conclusión, sigue mencionando hechos que no ha corroborado con la parte afectada en este caso mi persona, y esto no significa que me disfrace de "victima", como usted lo dice, es un derecho tener la oportunidad de defenderse, aquí o en cualquier parte del mundo, para su conocimiento. y por el contrario, el que sigue teniendo los medios para continuar difamándome, es usted, como hoy en su blog. ATENTAMENTE



GERMAN LARRIEU BELLIDO

Raúl Wiener dijo...

No sabía que publicar los textos de la Fiscal Rosario López Wong fuera difamatorio. Y sobre sus descargos he publicado doblemente su segunda carta rectificatoria, como antes publicamos la primera. ¿O es que si yo "lo busco" va a darme alguna "primicia" que no ha presentado en toda la documentación que hasta ahora he podido leer sobre este caso?
Un saludo

Raúl Wiener

Anónimo dijo...

Señor Wiener:

De esta noticia no puede ni podrá sacar una primicia, es un refrito desde el 2003; un investigador como usted también necesita corroboración, la pregunta es porque tapa su falta de seriedad y ética periodística con palabras sin contenido, la fiscalía sólo opina no resuelve nada. Usted sabe que en el país el 70% de las denuncias fiscales se archivan en sede jurisdiccional.

Señor Wiener, un periodista de investigación y la ética misma del ser periodista, le indica corroborar las partes involucradas dentro de una "supuesta investigación" que usted hiciera, hace unos días atrás? se lo dejo de tarea. un saludo
German Larrieu Bellido

Raúl Wiener dijo...

Amigo Larrieu:
Es curioso que nos encontremos en un punto de este intercambio en el que yo insisto en asuntos de derecho (el fiscal no opina, sino acusa porque tiene el suficiente fundamento para hacerlo) y usted pretende enseñarme pricipios de periodismo de investigación (se debe escuchar a las dos partes)
Pero vayamos a como están las cosas en este momento. Yo recogí un caso, no contra usted, sino contra una variedad de personas, empezando por un grupo de jueces y fiscales, a los que los habían encontrado involucrados en actos de corrupción. Y publiqué sobre el tema porque creí que había suficiente información seria para hacerlo. Lamentablemente usted está entre los involucrados, como dice la fiscal y otros testimonios. Tal vez podía explicar, y sería interesante: ¿en qué se equivoca la fiscal?; ¿no hubo soborno?; ¿fue un invento de Huarancca?; ¿por qué Mercado aceptó su responsabilidad?; ¿o hubo soborno, pero usted no participó?; ¿ o tal vez piense que es un arma legítima relacionarse con jueces y fiscales para ganar un caso y ofrcerles ventajas materiales?
Esas cosas se pueden responder abiertamente en el estado de las denuncias. Dudo que usted tenga el gran secreto en su poder que derrumbará el caso y que por no haberlo buscado me lo he perdido y ando creyendo por eso que es cierto lo que no lo es.
Yo por supuesto no le niego el derecho a la defensa y al buen nombre, si aún esto último puede preservarse. El punto es que usted quiere convencerme que el caso en que está involucrado es un asunto banal, producto del capricho de un despechado y de campañas periodísticas que sólo reciben información de una parte. Yo creo al revés: que este caso es un eslabón visible de una cadena de actos de manipulación de la justicia y las instituciones, vinculados a la forma de manejo del poder en los 90, que por algunas casualidades y la terquedad del afectado se hizo más evidente que otros y avanzó hasta estar próximo a un desenlace. Pero como usted dice, es mi opinión. Yo no dicto sentencias. Así que habrá que esperar lo que deciden los jueces y si esta vez pueden actuar de pura conciencia.

Un saludo afectuoso
Raúl

Raúl Wiener dijo...

Amigo Larrieu:
Es curioso que nos encontremos en un punto de este intercambio en el que yo insisto en asuntos de derecho (el fiscal no opina, sino acusa porque tiene el suficiente fundamento para hacerlo) y usted pretende enseñarme pricipios de periodismo de investigación (se debe escuchar a las dos partes)
Pero vayamos a como están las cosas en este momento. Yo recogí un caso, no contra usted, sino contra una variedad de personas, empezando por un grupo de jueces y fiscales, a los que los habían encontrado involucrados en actos de corrupción. Y publiqué sobre el tema porque creí que había suficiente información seria para hacerlo. Lamentablemente usted está entre los involucrados, como dice la fiscal y otros testimonios. Tal vez podía explicar, y sería interesante: ¿en qué se equivoca la fiscal?; ¿no hubo soborno?; ¿fue un invento de Huarancca?; ¿por qué Mercado aceptó su responsabilidad?; ¿o hubo soborno, pero usted no participó?; ¿ o tal vez piense que es un arma legítima relacionarse con jueces y fiscales para ganar un caso y ofrcerles ventajas materiales?
Esas cosas se pueden responder abiertamente en el estado de las denuncias. Dudo que usted tenga el gran secreto en su poder que derrumbará el caso y que por no haberlo buscado me lo he perdido y ando creyendo por eso que es cierto lo que no lo es.
Yo por supuesto no le niego el derecho a la defensa y al buen nombre, si aún esto último puede preservarse. El punto es que usted quiere convencerme que el caso en que está involucrado es un asunto banal, producto del capricho de un despechado y de campañas periodísticas que sólo reciben información de una parte. Yo creo al revés: que este caso es un eslabón visible de una cadena de actos de manipulación de la justicia y las instituciones, vinculados a la forma de manejo del poder en los 90, que por algunas casualidades y la terquedad del afectado se hizo más evidente que otros y avanzó hasta estar próximo a un desenlace. Pero como usted dice, es mi opinión. Yo no dicto sentencias. Así que habrá que esperar lo que deciden los jueces y si esta vez pueden actuar de pura conciencia.

Un saludo afectuoso
Raúl

Anónimo dijo...

Señor Wiener
Interesante su información respecto al caso de corrupción en la década de los 90 en el que se encuentra involucrado el Dr. Germán Larrieu, pero tal vez no conoce usted el otro caso ocurrido en la decada del 2000 en donde el señor Larrieu actuando como Gerente General de la Fábrica de Galletas de Ventanilla, para evadir las obligaciones de la empresa en liquidación creo deudas hipotecarias ficticias por dos millones de dólares a favor de Inversiones Kentrón S.A. de su socio Ricardo Rinaldi de su empresa L. R. Consultores S.A. en la que en complicidad con funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, a través de un irregular procedimiento de cobranza coactiva seguido en el expediente coactivo (extraviado) No.030-99/TRIB.JJ por deudas tributarias prescritas y resoluciones coactivas con firmas falsas se remata los terrenos de 12,000 metros cuadrados de su planta industrial de ventanilla inscrito en tres partidas registrales a favor de Williams Kouri, transferencia que se efectuó con cerca de 250 fotocopias de fotocopias certificadas por el auxiliar coactivo Jorge Cruz Aguilar en el Título No.20482 del 23OCT2008 que los registradores públicos del callao al calificarlos se hicieron de la vista gorda en las falsas firmas, también están coludidos con esos hechos vocales del Tribunal Registral de Lima y hsta el mismo Gerente de Asesoría Legal de la Sunarp de San Isidro, el Ejecutor Coactivo Fernando Valle reclutado para ese fin resulta implicado en el delito Contra la Administración Pública-Peculado y otro (exp. No.35-2010 Segundo Juzgado Penal Especial de Lima, por haber participado en otro remate coactivo del predio abandonado de Inversiones San Martín S.A. en la misma zona de Ventanilla, que poseía la señora Nancy Rosa Ibarguen Cuadros De Ávalos.

Anónimo dijo...

AMIGO ANONIMO NECESITO MAS INFORMACION SOBRE EL DESPOJO DE LOS TERRENOS DE LA FABICA DE GALLETAS VENTANILLA

Anónimo dijo...

Señor Wiener: Escribo para comunicarle que la 1ra Sala Penal reos libres de Lima, en el proceso que recién ha concluido el miércoles 15 de febrero de 2010, expediente 1073-2003, se me absuelve de los cargos de corrupción que me acusara la señora Lopez Wong y también declara prescritas las otras imputaciones. Como usted nunca se interesó por entrevistarme y escuchar la verdad, lo invito a conocer la historia que próximamente colgaré en la WEB.

Por cierto lo que dice informar el anónimo que me precede es totalmente falso. Ningún documento verdadero obtendrá de información inexistente.

Atentamente

Germán Larrieu Bellido

Anónimo dijo...

ANONIMO:
Sr. wiener Usted habla con la verdad y esta investigaciones salen a la vista contra el SR.Larrieu Bellido,le voy a contar una hecho real que sucedió en el año 1998,la empresa HILADOS AMERICA entró en insolvencia economica y se acoge ala LEY de RESTRUCTURACION, LEY 27146 dado en el gobierno del FUJIMORATO,la empresa liquidadora COPORACION ASESORA,tomó la administracion de la empresa Hilados America, cual a un grupo de 32 ex- trabajadores de esta empresa, este delincuente,en complicida con el BANCO CONTINENTAL y el BANCO WIESE, presionan al representante de los trabajadores obligandole mediante el engaño a rematar el inmueble a $230,000 dolares americanos.una vez logrado la venta estafa a los demas trabajadores reconocidos sus creditos laborales por la COMISION en INDECOPI,pagandole solamente menos de 5o% de sus créditos reconocidos.y nosotros los trabajadores que hemos laborado 12 años,no hemos cobrado ni un sol de la EMPRESA LIQUIDADORA CORPORACION ASESORA,en la cual el sr. LARRIEU se adueño de todo el dinero de la venta,luego para justificar presentó balances de gastos inflados y nunca rindió cuentas a nadie del dinero de la venta de la empresa HILADOS AMERICA; mas bien, se fue al juzgado civil,SEGURAMENTE UTILIZANDO SUS INFLUENCIAS,logra salvarse al lograr sacar un AUTO de QUIEBRA,para salvarse de los 32 TRABAJADORES que le seguian a su empresa, CORPORACION ASESORA en pedir que le cancelen sus créditos laborales reconocidos por la COMISIÓN en INDECOPI.Este señor nos estafó a todos los trabajadores de HILADOS AMERICA.

Anónimo dijo...

larrieu es un tremendo delincuente y estafador de muchos trabajadores en el gobierno del fujimorato, su empresa CORPORACION ASESORA SE ADUEÑO EL DINERO DE LA VENTA REMATE DE LAS EMPRESAS QUE SE ACOGIERON A LA LEY DE RESTRUCTURACION PATRIMONIAL LEY 27146.

Anónimo dijo...

LARRIEU DELINCUENTE