En su más reciente Auto de Ejecución (Resolución Nº 33, post
sentencia), el juez Hugo Velásquez acepta aunque a regañadientes, que
“investigado” puede ser equivalente a “vinculado”, como se lo ha señalado la
Sala Superior. Después de todo los “testigos”, que es la otra condición posible
para ser citado por un órgano de investigación, no son personas vinculadas,
sino circunstancialmente observadoras de los hechos.
Obviamente García no era “testigo” de los narcoindultos, de
la interferencia en el caso BTR, de la emisión de normas irregulares que
facilitaron actos de corrupción, de la entrega ilegal del aeródromo de Collique
a constructoras privadas en contra del mandato explícito de la ley, del
presumible enriquecimiento ilícito de su persona durante el ejercicio del
cargo, del funcionamiento de una asociación de personas para cometer diversos
delitos de manera sistemática, etc. Pero en septiembre y en marzo, Velásquez
usó el formalismo para anular a posteriori dos citaciones y dos declaraciones
del expresidente.
En la Resolución Nº 33, el argumento anulatorio se reduce a
que en el tenor de las comunicaciones de la Megacomisión citando a García no se
hace la tipología específica del delito cometido y la vinculación concreta con el
hecho del investigado. Largas páginas pretenden indicar que hay “falta de
objetividad” porque la comisión cita a García para que explique su
participación, sin adelantarse a decir cuál habría sido esa, antes de
escucharlo. Confunde de esta manera la idea de que se debía dar el mayor
detalle sobre el caso al investigado, con entregar por anticipado la conclusión
final del proceso que es determinar
delitos puntuales y responsabilidad individualizada por los mismos. Saltándose,
en todo esto, las etapas lógicas que son: investigación, acusación, paso al
Ministerio Público y juzgamiento.
Toda la teoría del debido proceso que aplica Velásquez
deriva de la pretensión de que las comisiones investigadoras del Congreso,
tendrían que actuar en la función y con las premisas de fiscales y jueces. Nada
de lo investigado sobre Fujimori o Montesinos, hubiera podido progresar de
acuerdo al criterio del juez Velásquez, porque si no se encasilla previamente
el caso en un tipo de delito, no podría citarse a los protagonistas de los que
todavía no se conoce los alcances de su participación.
Atrincherado en este argumento, sin embargo, el juez vuelve
a anular la citación de octubre, desacatando a la I Sala, y a partir de allí la
última citación a García, que vuelve a ser protegido contra sus propias
declaraciones, y como si se tratara de una consecuencia anula también los
informes, por lo que dice la citación y que el juez estima insuficiente. Nunca
se ha visto tanto descaro judicial y tan poca indignación en la prensa por una
actuación tan parcializada. Ahora, si quieren saber de que materia está hecha
la impunidad que alienta la corrupción y el delito, estudien a García y al juez
Velásquez que son un buen ejemplo.
08.09.14
4 comentarios:
Sergio Tejada y Ambrosio, ambos y por separado mejores que Wiener.
Lee a Tejada, Wiener. Eso es una explicación.
Regresó el miserable. Ambrosio paredón.
Otra vez la bufalada, perdón alanada como parte de la nueva alianza de la mafia en su máxima expresión el alanfujimontemudismo.
Los alanfujimontemudistas bien saben que el único que lo llevará de los huerfanos al gordo vago es sergio tejada, razón por la que no saben que hacer ante su desesperación para querer tapar el sol con un dedo gordo.
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