Volvamos al tema de la labor fumigatoria
que queda por hacer en Justicia, de acuerdo a las propias palabras del Dr.
Enrique Mendoza. Revisando mis archivos me encuentro con otra historia sabrosa.
Y es que en enero del 2010, cuando se discutía ante la Tercera Sala Civil de
Lima la demanda por daños y perjuicios que debería corresponder a los
accionistas de la empresa Pesquera Carolina, que fue capturada mediante
procedimientos dolosos (se falsificaron documentos de Registros Públicos) y
quebrada por malos manejos por un grupo
que respondía al Banco Wiese (hoy Scotiabank), los alegatos que fundamentaban
la posición de los demandantes fueron robados del expediente. Así como se lee, robados y desaparecidos,
para que una mayoría de miembros de la Sala, con excepción de su presidente,
pudieran obviar los argumentos de la defensa de los accionistas y votar bajo el
extraño criterio que el daño a un bien económico (empresa) no equivale a daño a
su propietario.
Estos hechos fueron investigados y
sancionados por la OCMA, que señaló a un empleado de la Sala como el
responsable convicto y confeso de la sustracción. Pero no fue más allá, lo que hubiera
equivalido a plantearse quién salía beneficiado de esta operación mafiosa. Al
quedar como un hecho caprichoso, en el que los papeles de un litigante son
robados por robar, se permitió que al llegar a la casación en la Suprema, donde
debía resolverse sobre la nulidad de una sentencia votada bajo las condiciones
anormales, tres vocales, Víctor Ticona Postigo, Ana María Aranda Rodríguez y
Ana María Valcárcel Saldaña, repitieran a sus subordinados ignorando los
argumentos de los recurrente e insistiendo en la cuestión aparentemente de
“fondo” de que el daño a la persona jurídica no afecta a la persona natural que
es propietaria. Otros dos vocales, , Héctor Ponce de Mier y Francisco Miranda
Molina, votaron sin embargo en discordia pronunciándose sobre lo que se les
había pedido que era regresar el proceso a fojas cero (nulidad) por los delitos
producidos.
¿Cómo es que tres entienden de manera
distinta un pedido que otros dos? Increíblemente porque unos dicen haber votado
antes de recibir los escritos de los apelantes y los otros sí toman en cuenta
la precisión de la demanda. Este juego de de fechas aparentemente sin sentido
no hace sino reproducir a un nivel más alto lo que pasó en la Tercera Sala y
lleva a preguntarse, en vías de fumigación, qué es lo que hace que ciertos
jueces apelen a este tipo de maniobras para entrampar y distorsionar procesos
que a primera vista parecen muy claros en todos sus alcances. ¿No tendrá algo
que ver que en este tipo de litigio una de las partes sea una empresa poderosa,
como en este caso un banco (Scotiabank), que es el lado que nunca pierde?
26.04.13
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